La puja mínima es la cantidad a partir de la cual el sistema permite realizar una puja al usuario. Se calcula en función del valor del bien objeto de subasta, y se establece para evitar que se realicen pujas que no se ajusten al valor real de lo que se subasta.
Entradas recientes
- Subastas aplazadas en BOE
- Nuevo modelo de contrato de alquiler con la última reforma de la LAU
- Salamanca registra más de 150 subastas judiciales de inmuebles y vehículos durante el último año
- EXENCIÓN EN CONTRATOS DE ALQUILER DEL ITP
- En materia de contratos y de la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Comentarios recientes