Estarán exentos de realizar el depósito para poder pujar:
- En el ámbito del derecho concursal, aquellos usuarios que tengan la consideración de acreedores con privilegio especial.
- En el ámbito del derecho civil, aquellos usuarios que tengan la consideración de ejecutante.
Ok muchas gracias.
Gracias a ti Ana, cualquier tipo de ayuda que necesites solo tienes que comentarme.